Tanto el inicio como la culminación de la relación laboral son momentos que generan muchas dudas en los trabajadores. Al principio está la expectativa del nuevo empleo, del jefe y de los compañeros. Y, al final, están las interrogantes sobre cómo debe hacerse el proceso de forma correcta y cuáles son los pagos que debe recibir de acuerdo a lo estipulado en el Código de Trabajo de Panamá.
Pensando en eso, agrupamos 7 consultas comunes de los trabajadores relacionadas con ese tema. Las respuestas fueron avaladas por un abogado experto en derecho laboral panameño.
1.- ¿Cuántas inasistencias al trabajo, sin permiso del empleador o sin causa justificada, hacen falta para despedir a un trabajador?
Dos lunes en el curso de un mes, seis en el curso de un año, o tres días cualquiera, consecutivos o alternos, en el período de un mes.
2.- ¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir la carta de despido?
La carta de despido debe ser redactada por escrito, además de contener la fecha y las causas específicas del despido o de la terminación de la relación de trabajo.
3.- ¿Se debe dar un preaviso al trabajador en caso de despido?
Solo si el despido es por causa injustificada. En ese caso, el trabajador tendrá derecho a un preaviso de 30 días o a que se le pague una indemnización sustitutiva y equivalente del mismo.
4.- ¿Con cuántos días de anticipación debe un trabajador preavisar a su empleador, en caso de renuncia voluntaria?
Con 15 días de anticipación, salvo que se trate de un trabajador técnico, en cuyo caso la notificación debe darse con dos meses de anticipación.
5.- ¿Qué sucedería si el trabajador omite el preaviso establecido en la ley, en caso de su renuncia voluntaria?
Que el trabajador quedará obligado a pagarle al empleador, el equivalente a una semana de salario, la cual podrá ser deducida de la liquidación del mismo.
6.- ¿Qué es la prima de antigüedad?
Es una prestación que se causa en favor del trabajador, a medida que la relación de trabajo se hace más antigua, equivalente a una semana de salario, por cada año de servicios o fracción.
7- ¿Qué es el fondo de cesantía?
Es un fondo que sirve para garantizar el pago de la prima de antigüedad y de la indemnización de despido, conformado por las cotizaciones trimestrales efectuadas por el empleador, equivalentes a la totalidad de la prima de antigüedad y por el 5% de la cuota parte mensual que pudiera corresponder al trabajador, en caso de despido injustificado.