8 causas por las que podría culminar una relación laboral

January 29, 2021

Es importante que el inicio de un trabajo y su fin se desarrollen siempre dentro del ámbito profesional y legal.

Derechos laborales
Maru Rodríguez

Si bien todos esperamos al inicio un nuevo trabajo que sea una experiencia positiva, que se mantenga por un período largo de tiempo y que sea bien remunerada sabemos que esto, no siempre ocurre. Hay muchos factores que pueden incidir en que, ese estado ideal, cambie. Por eso, consideramos que es importante conocer las causas de culminación de la relación laboral previstas en el Código de Trabajo de Panamá y los procedimientos correspondientes en cada una de las situaciones.

Las razones por las cuales podría finalizar una relación de trabajo son:

1.- Por mutuo consentimiento, siempre que conste por escrito y no implique renuncia de derechos.

Se expresa a través de un documento que suscriben ambas partes en el que indican voluntariamente su deseo de dar por terminada la relación de trabajo con la correspondiente liquidación de los derechos adquiridos por el trabajador.

2.- Por la expiración del término pactado.

Se trata del vencimiento del contrato de trabajo por tiempo definido.

3.- Por la conclusión de la obra objeto del contrato.

Se refiere al término de un contrato de trabajo por obra determinada.

4.- Por la muerte del trabajador.

En caso de muerte del trabajador, los salarios y demás beneficios laborales, deberán ser remitidos por el empleador al juez seccional de trabajo competente para que él haga la entrega de ese dinero a los herederos que corresponde.

5.- Por la muerte del empleador, cuando conlleve como consecuencia ineludible la terminación de contrato.

Esta razón de culminación de relación laboral aplica únicamente en casos excepcionales como por ejemplo: un enfermero que cuida a una persona y, al fallecer ésta, finaliza su empleo.

6.- Por la prolongación de cualquiera de las causas de suspensión de los contratos por un término que exceda del máximo autorizado en el Código para la causa respectiva, a petición del trabajador.

Este motivo de culminación de la relación laboral, aplica en determinados casos como por ejemplo: cuando la enfermedad o accidente no profesional del trabajador excede el período de un año o en los casos de fuerza mayor o fortuito que excedan del límite de tiempo establecido por la ley.

7.- Por despido fundado en causa justificada, o la renuncia del trabajador.

Es importante tener en cuenta que las causas justificadas para un despido son únicamente las señaladas en la ley y éstas deberán ser notificadas previamente y por escrito al trabajador, indicando la fecha en que se hará efectivo el despido. Luego, no podrá alegar una causa distinta a la expresada allí.

Por otra parte, si la terminación laboral es por renuncia, el trabajador deberá notificar por escrito al empleador con 15 días de anticipación, salvo que se tratará de un trabajador técnico que tendría que notificarla con 2 meses de anticipación. Las cartas de renuncia deberán ser selladas en el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL).

Si el trabajador no realizara el preaviso correspondiente quedará obligado a pagarle al empleador el equivalente a una semana de salario, suma que podrá ser deducida del importe de la prima de antigüedad.

Si la renuncia es por alguna de las causas justificadas establecidas en la ley, el trabajador deberá indicarlas en su comunicación escrita y tendrá derecho a la indemnización por renuncia justificada correspondiente.

8.- Por decisión unilateral del empleador, con las formalidades y limitaciones establecidas en el Código de Trabajo.

Existen ciertos casos en los que el empleador podría dar por terminada la relación de trabajo, siempre que pague al trabajador la indemnización por despido y le conceda un preaviso de 30 días. Si el empleador opta por no darle el preaviso, deberá pagarle el salario correspondiente a ese período.

Estos trabajadores son por ejemplo aquellos que tengan menos de 2 años de servicios continuos o trabajadores domésticos, entre otros.

Todo trabajador debe estar al tanto de esta información para que sepa cómo manejar las distintas situaciones que podrían presentarse al momento de la culminación de la relación laboral. Lo ideal es que el cierre sea de una forma profesional y apegada a la legislación panameña. Siempre es preferible culminar los ciclos laborales de una manera correcta y dejar las puertas abiertas a futuras oportunidades.

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