¿Por qué es importante el contrato laboral?

Porque permite sentar las bases correctas de todo relación laboral.

Derechos laborales
Maru Rodríguez

Muchas veces los colaboradores por necesidad, exceso de confianza o desconocimiento comienzan a trabajar sin tener claras las reglas del juego, sin saber su salario, ni su horario, ni las condiciones del empleo y eso puede generar, a corto plazo, situaciones de conflicto. Quizás tú o algún conocido haya pasado por una experiencia similar en su vida. Seguro que, si lo piensas, viene alguna historia a tu mente.

Sabemos que el inicio de una relación laboral debe partir sobre bases firmes que generen confianza tanto al trabajador como al empleador.  Por eso, es importante que desde un principio exista un trato respetuoso, una comunicación transparente y clara asociada al empleo y a las obligaciones que corresponden a cada una de las partes.  

El primer paso para arrancar con buen pie una relación laboral es contar con un contrato de trabajo. Ese documento escrito le permitirá al colaborador sentir seguridad y confianza en esa nueva experiencia laboral y también, hacer valer las prestaciones, derechos y beneficios de ley derivados del mismo. De igual forma, para el empleador, será un aval esencial para sustentar el cumplimiento de las pautas acordadas.

Si deseas ampliar la información, te invito a leer nuestro artículo Conoce los contratos de trabajo permitidos en Panamá. Los tres tipos de contrato son: indefinido, definido y por obra determinada. Cada uno tiene características y beneficios puntuales para el trabajador.

¿Qué dice la ley sobre el contrato laboral?

Según el artículo 68 del Código de Trabajo de Panamá, todo contrato de trabajo debe incluir los siguientes puntos:

1. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil, domicilio y número de cédula de las partes. Cuando el empleador sea persona jurídica, deberá constar su nombre o razón social, su domicilio, el nombre de su representante legal, y los datos de inscripción en el registro público.

2. Nombre de las personas que viven con el trabajador de las que dependan de él.

3. Determinación específica de la obra o servicios convenidos y de las modalidades referentes a los mismos, acordados para su ejecución.

4. Lugar o lugares donde deberá prestarse el servicio.

5. Duración del contrato si es por tiempo fijo o la declaración correspondiente si es por tiempo indefinido, o para obra determinada.

6. Duración y división regular de la jornada de trabajo.

7. El salario, forma, día y lugar de pago.

8. Lugar y fecha de celebración.

9. Firma de las partes si pudieren hacerlo, o la impresión de su huella digital en presencia de testigos y constancia de aprobación oficial del contrato en los casos exigidos por este Código.

Tomando en cuenta las reflexiones compartidas, te recomendamos que siempre que vayas a iniciar un nuevo empleo recuerdes que:

Si eres colaborador, el contrato laboral, más allá de ser un formalismo, es un recurso que te permitirá conocer las normas que deberás cumplir para que tu experiencia sea positiva, segura y ajustada a las leyes.
Si eres un empleador, te sugerimos que inviertas tiempo en definir toda la información que llevará el contrato de cada colaborador para que fomentes relaciones profesionales, de confianza y dentro del ámbito legal.

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